No existe una regla definitiva del número de rastreos que debe tener una mujer durante su embarazo. Algunos médicos ordenan un ultrasonido cuando se sospecha de alguna anomalía por motivos clínicos, mientras que otros recomiendan ultrasonido con fines exploratorios. Se debe consultar al médico para determinar el tipo de rastreo que requiere la paciente. Los rastreos se deben llevar a cabo en el primer trimestre para: - Confirmar un embarazo intrauterino normal
- Determinar la edad del feto
- Descartar anomalías como embarazo ectópico o amenaza de aborto
- Evaluar actividad cardíaca del feto
- Determinar la presencia de embarazo múltiple
- Identificar anomalías en la placenta, útero y otras estructuras pélvicas
Los rastreos también se pueden realizar en el segundo y tercer trimestres para: - Determinar la edad del feto, crecimiento y posición
- Identificar malformaciones congénitas
- Descartar embarazo múltiple
- Evaluar la placenta, el líquido amniótico y demás estructuras de la pelvis
Actualmente, en algunos centros se está llevando a cabo un rastreo alrededor de las semanas 13 a 14 del embarazo para examinar los hallazgos que puedan representar un riesgo de desarrollar el síndrome de Down (un tipo de defecto cromosómico que ocasiona retardo mental) u otras anomalías en el desarrollo del feto. El número total de rastreos varía dependiendo de si previamente se han detectado anomalías con otros rastreos o exámenes de sangre que requieren una evaluación mediante seguimiento.
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